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Por qué invertir en Perú

Regulación Legal 

Lima, Peru

Se ha generado importantes mejoras en el marco legal del Perú, todo motivado por el deseo de aumentar la capacidad del sistema judicial para la resolución de conflictos. Esto se ve evidenciado que entre el 2004 y 2006 se crearon 24 cortes comerciales disminuyendo considerablemente el tiempo promedio de procesamiento de una disputa.

Infraestructura

La infraestructura sigue presentando deficiencias, de hecho es un obstáculo para que el país pueda mejorar su calificación  del entorno empresarial. El deficitario transporte provoca a menudo retrasos en las entregas, además el acceso a los destinos turísticos está restringido por su limitada capacidad. Esto se hace más evidente en la incapacidad del sector hotelero para absorber la demanda de los turistas, provocando que los costos de alojamiento suban, lo que podría repercutir en el crecimiento del sector turístico[1]. Esto no quiere decir que no se esté mejorando la infraestructura física del Perú.

La posibilidad de acceso al crédito al sector privado ha hecho surgir el sector de la construcción, particularmente en los centros urbanos.

Situación Social

Es de destacar que la fisonomía económica del Perú ha cambiado en estos últimos años, llegando hablar de “estilos de vida”, así pues, un 56% de los peruanos posee un estilo de vida moderno con tendencia a comprar de marca y caro, además de comer fuera[9].

Fuerza Laboral

La escasez de personal altamente cualificado se hace notar, lo que de alguna forma provoca que los sueldos de estos empleados sean comparables con los sueldos de los EE.UU. Sin embargo, existe mucha fuerza laboral que puede ser entrenable, la fuerza laboral nacional se estima en alrededor de 21.3 millones de personas[5]. Actualmente el salario mínimo es 750 soles.

La creación de sindicatos es posible, pudiendo haber hasta dos en una empresa, la realización de una huelga debe ejecutare previo solicitud de permiso al ministerio de trabajo.

En los últimos años la legislación ha cambiado, impidiendo la flexibilidad laboral[10], generando que lo negocios estén reacios a asumir nuevos empleados, hay nuevas restricciones al despido, esto está generando una tendencia hacia el outsourcing[11].

Clima social

La situación social actualmente en el Perú, ha estado motivado por algunas huelgas producto de divergencias de la comunidad indígena con los proyectos de extracción; particularmente en Lima, se ha visto acentuado por acciones llevadas a cabo por el alcalde de Lima que busca reordenar el comercio informal.

Demografía

La población estimada en el Perú para el 2012 es de aproximadamente 30.1 millones, de los cuales alrededor de 9.3 millones (aproximadamente el 30.9%) reside en Lima.

La población del Perú, es bastante joven; analizando particularmente los datos de Lima podemos observar que un 25% de la población es menor de 15 años; y que el segmento de 15 á 64 años, fuerza potencial de trabajo, representa 68,2% de la población.

El nivel de educación para la población de 15 y más años ha mejorado, alcanzando 42,9% de ésta población ha logrado estudiar algún año de educación superior (superior no universitaria 20,0% y universitaria 22,9%), siempre tomando como referencia la población limeña[12].

En cuanto a la composición étnica del país la proporción estimada es: 45% indígenas, 37% mestizos, 15% blancos, otros 3%[13].

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6 COMENTARIOS

  1. diciembre 27, 2012 12:14 Responder

    Hola Alejandro,
    pues el sistema judicial siempre se podrá mejorar, y de todas maneras la corrupción es un mal endémico en países como el nuestro, no la intento justificar, faltaría más. Esperemos que la bonanza económica traiga consigo una mejora a nivel cultural para todos nosotros.

  2. Alejandro
    diciembre 27, 2012 01:37 Responder

    En pocas palabras, respecto a los jueces, son corruptos, dejan salir a los criminales peligrosos y lo peor y más grave de Perú aparte de su corrupción es su inseguridad para la «persona de a pie» y también mucho que hay es la extorsión a personajes públicos y empresarios

  3. diciembre 13, 2012 13:51 Responder

    Hola Quiñones,

    Primero agradecerte por el comentario y aportación que nos haces; resultas bastante ejemplificador y crítico en lo referente a los juzgados comerciales.

    Nosotros desconocedores en gran parte de la situación de los juzgados y la burocracia Peruana a estos niveles (en parte por nuestro perfil profesional); nos ha sorprendido bastante las incoherencias en los procesos, el nombramiento de los jueces, y la poca efectividad del sistema; nos abres todo un mundo de posibilidades para investigar en el tema y para poder ofrecer al ciudadano de a pie, cuáles son las mejores opciones cuando tenga que enfrentarse a estas situaciones, o sencillamente conocer cuáles son los procesos, etc.

    Es por ello, y dado que nos mencionas que tienes la experiencia suficiente, que nos gustaría invitarte a compartir tus conocimientos en lo refente a estos temas en este espacio que tenemos, el derecho es una pieza importante para cualquier emprendedor, y bastante escazo el conocimiento práctico.

    • Quiñones
      diciembre 13, 2012 17:49 Responder

      ¡Encantado!

      No sé si mi experiencia sea suficiente, pues constantemente aprendo cosas nuevas. Sólo en el 2012 he aprendido lecciones que me han permitido ayudar a varios clientes a evitar problemas, que es el principal enfoque de mi práctica profesional.

      Pero no estamos aquí para hablar de mi, sino para contribuir de alguna manera en educar al ciudadano de a pie, como bien lo describes, y a nuestros colegas extranjeros que buscan una contraparte confiable en el Perú para fomentar la inversión extranjera.

      Permíteme compartir contigo y tus lectores una situación reciente. Recibí la llamada de un empresario australiano, muy mortificado porque compró maquinaria pesada (para minería) a un proveedor peruano. En base a un intercambio de correos electrónicos y una factura proforma (también electrónica), el empresario australiano transfiere una cantidad significativa de dinero que le requirió el proveedor peruano como pago inicial para atender su pedido. Después de dos meses, el australiano no tenía noticias de su pedido. Sus insistentes correos electrónicos pidiendo el embarque de la maquinaria adquirida o el reintegro del monto del pago inicial fueron respondidos por mensajes dilatorios. El inglés pobre de su proveedor peruano tampoco ayudó mucho para apaciguarlo.

      El monto del pago inicial fue menos de US$20k. Ciertamente, una suma importante (o, como dirían nuestros paisanos «no es ningún sencillo»). Pero, ¿valía la pena incursionar en una acción legal en la vía judicial, ante la ausencia de un contrato formal que estableciera las reglas claras de la transacción comercial? En mi modesta opinión: no; aunque estoy seguro de que otros abogados hubieran dicho que si.

      Ante la falta de pruebas físicas («¡papelito manda!») de la relación comercial (sólo habían mensajes de correo electrónico), le ofrecí al australiano enviarle una comunicación por conducto notarial (incorrectamente conocida como «carta notarial» por muchos), sin costo para él. Por un lado, la comunicación surtió efecto porque al contestarla, el proveedor peruano reconoció expresamente la existencia de la deuda, lo que podría considerarse como un elemento esencial que serviría para iniciar la acción legal destinada al cobro. Sin embargo, conociendo a nuestros magistrados, sabíamos que no sería suficiente el reconocimiento de la deuda por conducto notarial.

      Estábamos conscientes de que era muy posible que en el «sorteo» de asignación de juzgados comerciales se nos hubiera asignado un juez preparado y conocedor de temas de transacciones comerciales internacionales basadas en la confianza y la buena fe. Pero el costo asociado con iniciar la demanda, independientemente de los honorarios, no justificaba este juego a la «ruleta rusa». Incluso intenté delegar el caso a colegas que pudieran estar interesados en llevarlo por un honorario menor al que yo cobraría para estos casos, pero todos coincidieron en que las pruebas no eran lo suficientemente contundentes como para asumir ese riesgo, incluso fijando un monto de honorarios que no dependiera del resultado.

      Finalmente, en el intercambio de comunicaciones con el proveedor peruano, éste se comprometió a devolver el dinero, según sus posibilidades de caja (en otras palabras «me gasté el dinero y te lo pagaré cuando pueda»). El empresario australiano se despidió de mi deseándome una feliz navidad, castigando su acreencia como incobrable, y diciendo que «nunca más hará negocios con proveedores peruanos porque no son de confiar.»

      Esa última frase me molestó, no sólo por el hecho de calificar a empresarios peruanos como incumplidos (aún cuando sabemos que hay muchos), sino porque este empresario australiano «no hizo su tarea» antes de hacer negocios en otro país. Perú, Chile, China; no importa. El primer paso para hacer negocios internacionales, creo yo, es familiarizarse con la cultura. Segundo, familiarizarse con la economía y finalmente con las leyes.

      No podemos llorar sobre leche derramada, reza el popular dicho, pero en mi modesta opinión, el empresario extranjero debe primero consultar con un abogado sobre cómo estructurar este tipo de relaciones comerciales internacionales. Naturalmente, esperemos que tenga la suerte de consultar con un abogado probo y honesto que pueda anticipar sus necesidades y sepa guiarlo sólidamente para concretar sus negocios con el mínimo riesgo posible. En dos palabras: due diligence (debida diligencia)

      • Technancial
        diciembre 13, 2012 18:20 Responder

        Hola Quiñones,

        pues vaya problema en el que se metió el pobre australiano; ya las relaciones en el comercio internacionales son difusas cuando se tiene cuidado; qué se puede decir si realizas un negocio como el que nos cuentas.

        La verdad es que el legado de la cultura latina que tenemos no es el mejor, sin embargo, no quiere decir que no existan empresarios correctos en el Perú y a los que debemos apoyar para fortalecer la clase media que necesitamos se afiance en el país.

        Te dejamos nuestro correo (technancial@gmail.com) por si quieres ponerte en contacto con nosotros, te hemos enviado un mail a la cuenta que introduciste para los comentarios. Estamos en contacto…

  4. Quiñones
    diciembre 13, 2012 09:39 Responder

    Esta vez con un comentario no relacionado con la tecnología.

    Muy interesante tu artículo y espero que sirva como buen punto de partida para más inversionistas extranjeros. Como abogado en ejercicio, aunque no tanto el tema procesal, veo que la creación de Juzgados Comerciales (o cortes, para beneficio de nuestros amigos extranjeros) no ha hecho mucho por aliviar la carga procesal. Tampoco ha facilitado el acceso a una rápida administración de justicia.

    Lo cierto es que la creación de los Juzgados Comerciales, en reiteradas oportunidades (y lo digo por experiencia propia) ha servido para dilatar y dificultar el acceso tan deseado a la rápida administración de justicia. Y todo porque algunos (no todos, debemos reconocerlo) jueces comerciales no están adecuadamente preparados.

    Ejemplo claro: al recibir una demanda de naturaleza comercial, los jueces comerciales la califican como una demanda de naturaleza civil. Muy bien. El juez conoce el derecho y nosotros los abogados debemos ser respetuosos de ese principio procesal. Sin embargo, acatando la decisión de ese juez comercial, dirigimos nuestra demanda al juez civil (creo que ya sabes a dónde voy con esto). Efectivamente, al recibir nuestra demanda (debidamente editada y revisada para que sea aceptada por él) el juez civil la revisa, la califica y decide no aceptarla. ¿Por qué? (Prepárense) ¡Porque en su opinión es una demanda de naturaleza comercial!

    No hay que ser ignorante de la abogacía para sentir la frustración que los abogados sentimos al encontrarnos en este tipo de situaciones (¡y qué decir de nuestros clientes que se indignan, con mucha razón, por la explicación y por la demora!).

    Los clientes preguntan, ¿y cuál es la alternativa? Arbitraje; costoso, oneroso, «difícil» (dirían algunos abogados que no han tenido experiencias en arbitrajes). Pero en los últimos años han surgido centros de arbitraje más accesibles. Atrás están los años en que cuando se hablaba de arbitraje, quienes lo hacían se limitaban a referirse a los centros de arbitraje de la AmCham (muchas veces preferida por inversionistas estadounidenses, ante la imposibilidad de llevar la solución de sus controversias a cortes o centros de arbitraje en EE.UU) o de la Cámara de Comercio de Lima. Es cierto, también, que muchos de los nuevos «árbitros» son «cachimbos», por decirlo delicadamente, y aún tienen mucho por aprender.

    Lo que nos lleva a otro tema, tal vez alejado del propósito inicial de este comentario, pero no por ello menos importante. Otra de las verdades de nuestra administración de justicia es que está conformada por lo que llamamos «Jueces de carrera». No es sorpresa ver jueces jóvenes, muchos de ellos formados exclusivamente dentro del ejercicio de la magistratura. Empiezan como asistentes legales, secretarios, especialistas, toman una prueba y listo: son jueces. Naturalmente, estoy exagerando el proceso y tal vez simplificándolo más de lo que debería. Pero esa es la percepción general que estoy seguro aquéllos jueces de carrera no comparten. En mi opinión, un profesional del derecho no debería ser juez a menos que haya ejercido como abogado litigante, especialmente en el área en la que desea ejercer la magistratura, por lo menos durante 20 años. Claro que si. Muchos pensarán «¡Uy! ¿Tanto?» Mi respuesta: no sería suficiente. El problema es encontrar a profesionales del derecho con verdadera vocación de administración de justicia. Yo, personalmente, no tengo esa vocación; y no de manera caprichosa. Tengo apenas 16 años ejerciendo y no todos como litigante. No me considero un candidato ideal para ser juez, obviamente dentro de los parámetros que yo he trazado. Pero veo otros que si están calificados (tal vez sobre calificados), pero su vocación se ve claramente en las obras que publican, en las opiniones que vierten en los medios de comunicación, pero más importante en la enseñanza que vierten en los alumnos de derecho. Si alguno de ellos está leyendo este comentario, saben perfectamente a quiénes me refiero.

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